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Prevención de Riesgos Laborales en Obra

  

Dentro del Sector Construcción GYSCO PREVENCIÓN cuenta con personal cualificado y con una gran experiencia para desarrollar las siguientes actividades

COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y
SALUD EN OBRA

En aplicación del artículo 3 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, el Promotor designará a un técnico competente para que desarrolle las funciones de:

  • COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE PROYECTO.
  • COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN FASE DE EJECUCIÓN.

Se entiende por Coordinador en materia de Seguridad y de Salud durante la ejecución de las obras, al técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las funciones que recoge el R.D. 1627/1997.

Con más de 15 años de experiencia en la Coordinación de Seguridad y Salud, los técnicos de GYSCO PREVENCIÓN pueden desarrollar las funciones definidas anteriormente.

ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y ESTUDIOS BÁSICOS DE SEGURIDAD Y SALUD

En aplicación del artículo 6 del Real Decreto 1627/1997, el Promotor debe designar un técnico competente para elaborar durante la fase de redacción del proyecto un Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud, según proceda de acuerdo con la normativa aplicable.

GYSCO PREVENCIÓN cuenta con los medios necesarios para elaborar tanto Estudios de Seguridad como Estudios Básicos de Seguridad.

ELABORACIÓN DE PLANES DE SEGURIDAD Y SALUD

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del R.D. 1627/1997, en aplicación del Estudio de Seguridad y Salud o, en su caso, del Estudio Básico, cada Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio o Estudio Básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el Estudio o Estudio Básico.

GYSCO PREVENCIÓN cuenta con un equipo con gran experiencia en la redacción de Planes de Seguridad y Salud, así como en Planes de Prevención Específicos para obras promovidas por Administraciones Públicas.

ELABORACIÓN DE EVALUACIONES DE RIESGO ESPECÍFICAS PARA OBRA

En aquellas obras en las cuales no sea necesaria la redacción del Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, los Contratistas están obligados a elaborar una Evaluación de Riesgos Específica para los trabajos a desarrollar en la obra.

Dado que en las obras pueden ejecutarse actividades no recogidas en la evaluación general de la empresa contratista (las correspondientes a las subcontratas) y que cada obra demanda una planificación diferente, se deduce de ello la necesidad de que la evaluación de riesgos mencionada en la Orden TIN/1071/2010 debe ser adecuada a cada obra.

INSPECCIONES DE SEGURIDAD Y ASESORAMIENTO, VISITAS A OBRA

Realizamos un Asesoramiento personalizado realizado por un equipo altamente cualificado y multidisciplinar de Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales, dirigido a Contratistas, Subcontratistas y Trabajadores autónomos que necesiten apoyo técnico para llevar a cabo Inspecciones de Seguridad en obra, en las cuales se supervisen los niveles de cumplimiento de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales que afecta a las obras de construcción, con indicación de los puntos a subsanar o posibles mejoras.

RECURSO PREVENTIVO

En cumplimiento del artículo 32 bis de la Ley 31/1995, sobre la presencia de Recursos Preventivos, GYSCO PREVENCIÓN pone a disposición de las empresas, en los casos establecidos la normativa aplicable, la presencia de Recursos Preventivos.

Para ello contamos con medios técnicos y personal con formación preventiva, conocimientos técnicos, y experiencia en obra para desarrollar las funciones de Recurso Preventivo en obra.

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Cuando existan varias empresas que coincidan sus trabajadores en un mismo centro de trabajo, deberán llevar a término una efectiva Coordinación de Actividades Empresariales, en cumplimiento del R.D. 171/2004. La finalidad es prevenir los riesgos laborales derivados de la concurrencia de sus actividades y, por tanto, que éstos no repercutan en la Seguridad y Salud de los trabajadores de las empresas concurrentes.

GYSCO PREVENCIÓN cuenta con diversas opciones para una adecuada Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) en su empresa: disposición de técnicos para la realización de las tareas de Coordinador de Actividades Empresariales, implantación de un software de control documental en la empresa, control de accesos, disposición de técnicos para comprobación y verificación de datos y documentos.